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«Las licencias actuales de TDT se repartieron a dedo»

El Tribunal Supremo se pronunciará sobre la legalidad del método utilizado por el Gobierno para conceder las licencias de los actuales canales de la Televisión Digital Terrestre (TDT), después de que la empresa Infraestructuras y Gestión 2002 haya presentado un recurso contra la resolución del Consejo de Ministros del 16 de julio de 2010 en la que se otorgó estos canales.

La sentencia del Supremo, que se espera para el 13 de noviembre se pronunciará concretamente sobre la decisión de conceder un múltiple de la TDT –suficiente para emitir hasta cuatro canales– a cada uno de los operadores de televisión que en ese momento disponían de una concesión sin pasar por el trámite de concurso público. «Se repartieron a dedo«, se queja Ignacio Sánchez, portavoz de la empresa demandante.

La campaña emprendida en los tribunales por esta compañía, que ya ha intentado en diferentes comunidades autónomas tener acceso a alguna licencia para poder emitir canales en abierto, se remonta en el tiempo hasta 2005 y acumula ya algunas sentencias a favor y en contra de la manera en que se ha repartido las licencias de la TDT en los últimos años.

En 2009, el Supremo tumbó un recurso de la compañía contra el Real Decreto 944/2005 de Impulso a la TDT que otorgó, en una primera fase, cuatro canales de esa tecnología a cada uno de los operadores con una concesión mientras se completaba el proceso del «apagón analógico» para sustituir la tecnología de televisión analógica por digital, y preveía una segunda fase en la que se otorgaría antes del 1 de enero de 2015 el acceso definitivo a un múltiple.

Entonces, Infraestructuras y Gestión 2002 criticó que las nuevas licencias no se otorgaran mediante un concurso público, tal y como establecía la Ley de Televisión Privada de 1988, pero el tribunal no le dio la razón, al entender que la concesión de los permisos para emitir en la TDT a los operadores que ya emitían en analógico, sin celebrar un concurso público, obedecía a «razones imperiosas de interés público» debido a la necesidad de implantar la nueva tecnología de televisión digital. Hasta ese momento «todos los canales tradicionales» se habían otorgado mediante concurso público y «criterios transparentes», señala Sánchez, que tacha de «criterios subgéneris» los utilizados por la Administración para convertir la concesión de los canales de televisión analógica en licencias para la TDT y permitir a estos operadores emitir hasta 24 canales en la nueva tecnología.

En cualquier caso, la empresa recurrente entiende que, en su sentencia de 2009, el Supremo dio el visto bueno a la nueva legislación con carácter «temporal», hasta que se completase el «apagón analógico», que terminó el 2 de abril 2010, y que luego la Administración debería haber convocado un concurso público para dar entrada a nuevas empresas que quisieran participar en el sector audiovisual.

La Ley Audiovisual contempla los concursos

En el nuevo recurso que la compañía ha presentado ahora ante el Supremo, recuerda que la Ley General de Comunicación Audiovisual, que entró en vigor el 1 de mayo de 2010, establece en su artículo 22 que cuando los servicios de comunicación audiovisual (televisión, radio, etc) «se presten mediante ondas hertzianas terrestres necesitarán licencia previa otorgada mediante concurso por la autoridad audiovisual competente».

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