Los operadores de televisión ya pueden solicitar la autorización para prestar servicios de pago

La puesta en marcha de la TDT de pago no va a suponer merma alguna en cuanto al acceso en abierto a los acontecimientos deportivos de interés general. Los operadores de televisión podrán acceder a una fuente adicional de financiación, además de la publicidad, e impulsar la televisión de alta definición. La prestación del servicio de TDT de pago requerirá un informe previo preceptivo del Consejo de Estado y su posterior aprobación por el Consejo de Ministros.
A partir hoy, los operadores de televisión privada de ámbito nacional que así lo consideren oportuno podrán solicitar al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio la modificación de sus concesiones de televisión para poder prestar el servicio de Televisión Digital Terrestre (TDT) de pago.La autorización para prestar el servicio de TDT de pago requerirá un informe previo preceptivo del Consejo de Estado y su posterior aprobación por el Consejo de Ministros. Además, todos los agentes implicados en esta nueva modalidad de televisión digital (operadores de televisión, operadores de red, fabricantes, etc…) deberán someterse a lo establecido en el artículo 24 del Reglamento de mercados (RD 2296/2004) que, entre otras cosas, establece obligaciones que garanticen la existencia de decodificadores que sean compatibles con distintos mecanismos de cifrado, con el objetivo de facilitar que los ciudadanos puedan acceder a todos los canales de pago mediante un único decodificador. Además, los decodificadores deberán contener los mecanismos necesarios para el control de los contenidos protegidos.
La TDT de pago va a traer consigo importantes beneficios, tanto para los ciudadanos, como para los operadores privados de televisión y para la industria fabricante de equipos para la televisión de pago. Los ciudadanos podrán acceder a contenidos de mayor calidad, estimulando de este modo la transición a la TDT. Además, la puesta en marcha de la TDT de pago no va a suponer merma alguna en cuanto al acceso en abierto a los acontecimientos deportivos de interés general. En concreto, seguirá siendo de aplicación la Ley 21/1997 reguladora de las Emisiones y Retransmisiones de Competiciones y Acontecimientos Deportivos, cuyo artículo 5 establece que deberá ser retransmitido en directo y en abierto un partido de cada jornada de la liga de fútbol de primera división. Así mismo, se retransmitirán en abierto los eventos deportivos que cada año se definan como de interés general.Por su parte, los operadores de televisión podrán acceder a una fuente adicional de financiación, además de la publicidad, lo que puede redundar en un mayor uso del estándar de televisión de alta definición. Con esta decisión, España se une al amplio grupo de países en los que ya se permite a los operadores de televisión la prestación del servicio de TDT de pago, entre los que destacan Francia, Reino Unido, Italia, Portugal, Países Bajos, Suecia o Finlandia.
Fuente : Ministerio de Industria, Turismo y Comercio

Claudio Hernández Diesl.com
Comentario : A partir de ahora debeis tener mucho cuidado con el receptor que comprais. Debe ser compatible con la TDT de pago. No valen los denominados Zappers. El receptor debe tener tarjetero y entrada de CI. Esto implica el aumento del coste del equipo, pero lo hace más completo. En cuanto a los Televisores de Plasma, no todos tienen CI, por lo que no podrán acceder a la TDT de pago sino es adaptando un deco al Televisor. Sepán hacer la inversión desde ahora. En Diesl.com podemos aconsejarle y asesorarle.

El modelo de la imagen por ejemplo está preparado para la TDT de pago ya que posee lector SmartCard y lector CI. Además es combo y puede combinarse con los canales de RTVE que va a lanzar por el satélite. Y por si fuera pco puede recibir el formato HD.

Este equipo lo puedes adquirir en dieslDescripción de Diesl.com:
Receptor COMBO de Alta Definición: 1080i, 720p, 576p y 576i. 2 lectores de tarjetas y 2 Common Interface para acceder a los canales de pago. Reproduce y graba archivos multimedia vía USB 2.0. Display VFD. Conexión digital HDMI. Puertos Ethernet y RS232. Múltiples conexiones: 2 euroconectores, Audio estéreo RCA L/R, vídeo por componentes (YPbPr), SPDIF óptica y coaxial… DiSEqC 1.0, 1.1 y 1.2 compatible USALS & UNiCABLE. Alimentación LNB: LNB supply 13.5 / 18 V DC, 500 mA max. Demodulación: QPSK, 8PSK. Conector de entrada: IEC 169-24, Hembra; IEC 169-2, Hembra. Rango de frecuencias: VHF: 174 ~ 230 MHz, UHF: 470 ~ 860 MHz. Ancho de banda del canal: VHF: 7 MHz, UHF: 8 MHz. FEC: 1/2, 2/3, 3/4, 5/6, 7/8. Nivel de perfil: MPEG-2 MP@ML, MPEG-4 AVC/H.264 HP@L4. Relación de aspecto: 4:3, 16:9, Letter Box. Resolución de vídeo: 1080i, 720p, 576p, 576i. Decodificación de audio: MPEG-1, Musicam Layers 1&2. Modo de audio: Single channel / Dual channel / Joint Stereo / Stereo. Procesador: ST40 CPU core: 266 MHz(STI7101). Memoria flash: 4 Mbytes. DDR SDRAM de vídeo: 64 MBytes. DDR SDRAM del sistema: 64 MBytes. Memoria EEPROM: 8 KBytes. Audio y Vídeo: HDMI, YPbPr, 2 Euroconectores, Audio y Vídeo L/R, Salida digital SPDIF óptica y coaxial, S-Video. Datos: RS-232C 9-Pin D-Sub tipo Hembra, Puerto Ethernet 10/100, USB 2.0. Acceso condicional: 2 Common Interface, 2 lectores de tarjeta. Tensión de entrada: AC 100 ~ 250 V, 50/60 Hz.
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