Digital+ no podrá seguir imponiendo sus descodificadores a los abonados

La Audiencia Provincial de Madrid obliga en una sentencia a la plataforma de Sogecable a liberalizar el mercado de los decodificadores de televisión tras una denuncia de la Unión de Consumidores de Pontevedra
El abogado de la Unión de Consumidores de Pontevedra, Miguel Fernández -Pedrera, ha señalado que los perjuicios a los consumidores y a las empresas involucradas suman 927 millones de euros, aunque la sentencia deja sin efecto esta cuantía, según recoge La Voz de Galicia.

El pleito fue presentado en la Audiencia Provincial de Madrid porque iba dirigido contra Canal Satélite Digital (actualmente Digital+) y la jueza del juzgado nº 1 de Vigo instó a la demandante a que presentase el escrito en el domicilio de la demandada.

La Unión de Consumidores de Pontevedra presentó el litigio el 24 de abril contra Canal Satélite digital, S.L., y con ello se pedía que se declarase «Nulas de pleno derecho o simplemente abusivas» las clausulas del contrato de arrendamiento de los descodificadores por parte de Canal Satélite, ya que la empresa obligaba a utilizar el terminal descodificador que comercializan también ellos.

El abogado que representa a los consumidores de la provincia de Pontevedra llamó al teléfono de atención al cliente preguntando si se podía utilizar algún otro descodificador existente en el mercado que pudiese existir en el futuro y en la compañía le contestaron que no era posible. La conversación fue grabada y aportada como prueba en el juicio que se celebro en primera instancia en el Juzgado nº 28 de Madrid. Posteriormente el fallo fue recurrido y la Audiencia Provincial le dió la razón al recurrente.

Recurrible al supremo

Según la sentencia, «Canal Satélite Digital deberá eliminar de sus condiciones generales las cláusulas 1.2 y 4.6 en tanto supeditan el alquiler del descodificador a la contratación del servicio, absteniéndose de utilizarlas en el futuro, de manera que puedan contratarse los servicios ofertados sin necesidad de arrendamiento necesariamente el descodificador». La sentencia también afecta a la empresa que distribuía el material.

Según admitió el letrado Miguel Fernández-Pedrera, es probable que Digital+ recurra al Tribunal Supremo. En cuento falle este, si la Unión de Consumidores de Pontevedra mantiene la razón de su parte. Digital+ dispondrá de un plazo de tres meses para comercializar a sus abonados la posibilidad de seguirle arrendando el descodificador o, si lo prefieren, dejar de prestarle este servicio.

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